La misma, se prolongará hasta el 31 de julio. En el caso del salmón, la actividad irá del 1 de mayo al 31 de julio.

La temporada de pesca de este año en Galicia comenzará el próximo 16 de marzo y finalizará el 31 de julio, tal y como establece la orden anual publicada en el Diario Oficial de Galicia en la que se recogen las normas generales de pesca de las distintas especies ictícolas en las aguas continentales gallegas.

Así, en el caso concreto del salmón, el período hábil abarcará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio, salvo en el caso de los tramos compartidos del río Eo, y en los cotos de Betanzos y del río Ulla donde finalizará el 30 de junio. En todo caso, podrá adelantarse el final de la temporada en función de las capturas.

La cuota de captura se establece en un ejemplar por persona y jornada, con una dimensión mínima de 40 centímetros. La ratio anual en el río Ulla queda fijada en 7 ejemplares; en el Mandeo los ejemplares serán 2; en el caso del río Masma la cuota es de 10 salmones; en el Miño se fija en 2; y en el de Salmeán, en 10. En el resto de los cotos autorizados en el río Eo no se establece cuota anual de captura.

En relación con los añadidos, pueden ser naturales autorizados —como las lombrices y quisquillas— o artificiales, que son elaborados imitando animales u otros objetos que pueden ser atractivos para los peces que se quieren capturar —por ejemplo, la mosca artificial, la cucharilla y peces artificiales o semejantes—.

La cota de captura se establece en dos ejemplares por persona y jornada, con una dimensión mínima de 35 centímetros, pero en el caso del río Eo compartido será de 25 centímetros.
Sobre las magiNo que respeta a los naturales, se autorizan todos, excepto cualquier tipo de ovas de pescados y el pescado natural; y en aguas salmoneiras tampoco se permiten los cebos naturales, solo los autorizados para la pesca del salmón nos sus coutos.

Pesca de la trucha
Para esta especie a temporada comenzará el 16 de marzo y finalizará el 31 de julio. En los coutos con convenio de colaboración, se prolongará hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte, y en las aguas salmoneiras, en las de reo o en las de montaña el inicio se retrasará hasta el 1 de mayo.

Como norma general se establece la posibilidad de capturar 6 ejemplares al día y por persona, con una talla mínima de 19 centímetros. En cuanto a las magias, son los mismos que los de la temporada pasada.

Por otra parte, este año se vedan en todas las masas de agua las siguientes especies: cangrejo de río, reñosa, espinoso, zamborca y anguila. La pesca de la saboga solo se autoriza en el tramo del río Ulla comprendido entre la presa de Couso y la desembocadura entre lo 1 de mayo y el 8 de junio.

Asimismo, se autoriza exclusivamente dentro de los ámbitos territoriales que se indican en la orden a pesca de las siguientes especies exóticas invasoras: perca americana, carpa, cangrejo rojo americano y cangrejo señal.

Jornadas hábiles
Con carácter general, se declaran los lunes como días inhábiles para la pesca, excepto festivos nacionales o autonómicos. Los jueves serán hábiles únicamente para la modalidad de pesca sin muerte en todas las masas de agua, excepto festivos nacionales o autonómicos, que serán hábiles según la modalidad de pesca autorizada en cada masa de agua.

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