El próximo año contará con el 19 de marzo y el 17 de mayo como festivos propios.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el decreto d la consellería de Emprego, Comercio e Emigración, que determina el calendario laboral de Galicia previsto para 2027, en el que se incluyen el 19 de marzo (San Xosé) y el 17 de mayo (Día das Letras Galegas) como festivos. La normativa estatal, establecida por Real Decreto 2001/1983, fija los 14 días festivos nacionales anuales, remunerados, no reembolsables y obligatorios. De estos 14 días festivos, dos son elegidos por cada municipio. De los 12 restantes, nueve son obligatorios y no se pueden reemplazar a menos que caigan en domingo: 1 de enero, Viernes Santo (26 de marzo de 2027), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
En el año 2027 hay un día festivo nacional obligatorio que cae en domingo: 15 de agosto (Asunción de la Virgen), que Galicia propone reemplazar con el 17 de mayo (Día das Letras Galegas). Los otros tres días festivos nacionales son opcionales, es decir, pueden ser reemplazados por las comunidades autónomas: 6 de enero, que nunca se cambia en Galicia, a menos que caiga en domingo; Jueves Santo (que en 2027 se celebrará el 25 de marzo), que en la Comunidad Gallega no cambia de forma tradicional; y las comunidades tienen la opción de elegir entre el 19 de marzo y el 25 de julio. La Xunta siempre elige el 25 de julio, ya que es el Día Nacional de Galicia, establecido por el Decreto 8/1978, del 10 de julio, pero cuando cae en domingo como el próximo año, se elige el 19 de marzo (San Xosé). Por lo tanto, los días festivos del calendario laboral para Galicia en 2027 que se determinan son: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor – Día de Reyes), 19 de marzo (San José), 25 de marzo (Jueves Santo), 26 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo), 17 de mayo (Día das Letras Galegas), 12 de octubre (Día Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Natividad del Señor). Además de estos días, cada municipio establece dos días festivos propios de su localidad.
