Las bases aparecen publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de hoy.
El Boletín Oficial de la Provincia hace públicas hoy las bases generales para la selección de personal funcionario interino y laboral temporal del concello de Ourense así como del Consello Municipal de Deportes. Con su publicación entrarán en vigor desde mañana, 5 de febrero.
Estas bases tendrán efectos jurídicos sobre las nuevas convocatorias que haga el concello de Ourense y / o el Consello Municipal de Deportes. En ningún caso afectarán a aquellos procesos de contratación que habían sido iniciados con anterioridad bajo los criterios de las bases generales de 2013.
Los procedimientos de selección se articulan mediante la formación de listas ordenadas, diferenciando dos sistemas para su formación: en primer lugar, y con carácter preferente, a partir de los resultados de los procesos selectivos de personal realizados en los tres años anteriores; y, en segundo lugar, en defecto del anterior, mediante procedimientos específicamente dirigidos a la formación de las listas de candidatos. Con esto, se prevé que la formación de listas sea de aplicación también a los procesos selectivos de promoción interna.
Con respeto a los procedimientos específicos las nuevas bases admiten la posibilidad de cualquiera de los tres sistemas previstos en nuestro ordenamiento (oposición, concurso – oposición o concurso) pudiendo optarse de forma motivada por cualquiera de los tres en función de las características de las plazas convocadas. La norma prevé también la posibilidad de realizar pruebas de aptitud física o psicotécnicas, así como de conocimiento de la lengua gallega en caso de que este no sea acreditado de forma documental.
Atendiendo a la naturaleza temporal de estas plazas, se procurará agilizar y simplificar los procesos de oposición, limitando el tipo de pruebas a un máximo de dos, debiendo ser en todo caso una prueba de carácter objetivo y/o una prueba de carácter práctico. Cuando el sistema de selección escogido sea el concurso, para formar parte de las listas será necesario alcanzar cuando menos el 5% de la puntuación máxima establecida y se procurará definir con mayor precisión el contenido de los baremos, acotando la puntuación de los méritos de formación, y procurando que la ponderación relativa máxima de los diferentes tipos de mérito (formación/experiencia) sea equilibrada.
Como novedades, en el ámbito de la formación se recupera la valoración de titulaciones de nivel superior diferentes a la exigida y los baremos de los cursos se harán asignando una puntuación por hora, y no por tramos; respeto a la experiencia, se valorará, en determinados casos, la prestación de servicios de profesionales autónomos -cuando sea aconsejable por la naturaleza de las plazas convocadas- y no por el tiempo de alta en el RETA, además de la de trabajadores por cuenta ajena, públicos o privados.
Por último, se unifica el plazo de vigencia de las listas en tres años y queda prevista la posibilidad de su prórroga expresa por un año, si bien condicionada a que en el mismo acto se apruebe la convocatoria de un nuevo procedimiento para la renovación de la lista.