Refrenda la negativa emitida al respecto por el alcalde.

Una sentencia del Contencioso Administrativo 1 de esta ciudad, avala un decreto de la Alcaldía de Ourense y desestima el recurso de un ex trabajador del Concello, al que aboca a jubilarse. El juez no considera que exista «arbitrariedad» como alegaba el recurrente, cuando el alcalde denegó en 2022 al alto funcionario (hasta entonces vinculado a Oficialía Mayor del Concello) una tercera demora de su jubilación. Ya lo venía solicitando desde 2020, pero en 2022 el regidor municipal denegó su solicitud.

La sentencia se ciñe a rebatir los argumentos del recurrente, y dice que no se le produjo «indefensión» porque «pudo conocer los motivos y razones por los que no se estimó su solicitud de prórroga»; lo mismo que otorga capacidad al regidor municipal para emitir el informe con el que discrepa el recurrente, ya que, además del cargo político, «puede desempeñar funciones que impliquen el ejercicio de potestades públicas o una salvaguarda de intereses generales».

Aspecto en el que el Concello de Ourense incide especialmente al dar cuenta de dicha sentencia, cuando recalca que el alcalde, Pérez Jácome, «tiene la condición de órgano de dirección política y órgano administrativo que ostenta la jefatura superior de Personal, sin que la condición de alcalde presuponga una carencia de objetividad e imparcialidad».

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