Serán para personal interino y temporal.

El concello de Ourense dispondrá de unas nuevas bases generales para la contratación de personal funcionario interino y temporal que, por vez primera, contemplan la reserva de plazas para personas con discapacidad.
La propuesta de estas bases, elaboradas por el Coordinador Xeral, Francisco Cacharro, fueron aprobadas por la mayoría de los representantes de los trabajadores después de alcanzarse un acuerdo con la Mesa Xeral de Negociación, sin votos en contra.
Tras la aprobación del documento por el concelleiro delegado de Recursos Humáns, con las competencias delegadas por la Xunta de Goberno Local, Armando Ojea Bouzo, y por el presidente del Consello Municipal de Deportes, las nuevas bases entrarán en vigor después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En las nuevas bases se introduce expresamente la previsión de medidas para garantizar la participación en igualdad de las personas con discapacidad y la protección de las víctimas de violencia de género. Así, se reservará el 7 % de plazas convocadas para personas con discapacidad, de modo que se pueda contribuir a favorecer la integración social de personas con diversidad funcional, teniendo en cuenta sobre todo la importancia cuantitativa que puede adquirir el personal temporal en la administración en un contexto de restricciones coyunturales a las ofertas de empleo público.
Se establece, asimismo, una reserva del 25 % de los puestos de las listas de personal temporal para su posible provisión mediante promoción interna, introduciendo criterios de mejora de carrera profesional en la contratación temporal o interina, incrementando de este modo las posibilidades de promoción profesional del personal funcionario y laboral. Además, en la promoción interna temporal, no se exige el requisito de dos años previos de servicios efectivos. Además, este porcentaje busca encontrar un equilibrio entre las demandas del personal del concello y los derechos de oportunidad de acceso al empleo público del resto de la ciudadanía.
En lo tocante a los tribunales de selección, se prevé que dos de los vocales que los conformen sean designados a propuesta de los órganos unitarios de representación del personal, sin perjuicio del carácter técnico e independiente del tribunal y de sus miembros.
Otra aportación importante a estas bases consiste en la dotación de mayores garantías en el procedimiento de llamamiento para nombramientos o contratación, mediante el sistema de publicación del llamamiento en la sede electrónica (hecho que proporcionará una constancia fidedigna de la fecha de realización del llamamiento). Además, y para garantizar el conocimiento del llamamiento por los interesados, se refuerza con la obligatoriedad de realizar un aviso a los interesados mediante un sistema de alertas: correo electrónico o mensajería instantánea.
Estas bases serán de aplicación conjunta para el concello de Ourense y el Consello Municipal de Deportes, y se exceptuarán aquellos procesos selectivos para la realización de contratos laborales con personas físicas en el marco de relaciones de cooperación o colaboración con otras administraciones públicas.
 Los procedimientos de selección se articulan mediante la formación de listas ordenadas, diferenciando dos sistemas para su formación: en primer lugar, y con carácter preferente, a partir de los resultados de los procesos selectivos de personal realizados en los tres años anteriores; y, en segundo lugar, en defecto del anterior, mediante procedimientos específicamente dirigidos a la formación de las listas de candidatos. Respeto a la formación de listas a partir de los resultados de los procesos selectivos de personal, se prevé que la formación de listas sea de aplicación también a los procesos selectivos de promoción interna.
Con respeto a los procedimientos específicos las nuevas bases admiten la posibilidad de cualquiera de los tres sistemas previstos en nuestro ordenamiento (oposición, concurso – oposición o concurso) pudiendo optarse de forma motivada por cualquiera de los tres en función de las características de las plazas convocadas. Se prevé también la posibilidad de realizar pruebas de aptitud física o psicotécnico, así como de conocimiento de la lengua gallega en caso de que este no sea acreditado de forma documental.
Atendiendo a la naturaleza temporal de estas plazas, procurara agilizar y simplificar los procesos de oposición, limitando el tipo de pruebas a un máximo de dos, debiendo ser en todo caso una prueba de carácter objetivo y/o una prueba de carácter práctico. Cuando el sistema de selección escogido sea el concurso, para formar parte de las listas será necesario alcanzar cuando menos el 5 % de la puntuación máxima establecida y se procura definir con mayor precisión el contenido de los baremos, acotando la puntuación de los méritos de formación, y procurando que la ponderación relativa máxima de los diferentes tipos de mérito (formación/experiencia) sea equilibrada.
Como novedades a destacar en este ámbito, en cuanto a formación, se recupera la valoración de titulaciones de nivel superior diferentes a la exigida y la baremación de los cursos se hará asignando una puntuación por hora, y no por tramos; respecto a experiencia, se valorará, en determinados casos, la experiencia en la prestación de servicios de profesionales autónomos, es decir, cuando sea aconsejable por la naturaleza de las plazas convocadas, no por el tiempo de alta en el RETA, además de la de trabajadores por cuenta ajena, públicos o privados.
Por último, se unifica el plazo de vigencia de las listas en tres años y se prevé la posibilidad de su prórroga expresa por un año, si bien condicionada a que en el mismo acto se apruebe la convocatoria de un nuevo procedimiento para la renovación de la lista.

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