El "Bono Remuda" primará especialmente las transmisiones en el rural y -dentro de estas- que sean personas retornadas o extranjeras quien se hagan cargo de las empresas que cierran por jubilación o causas sobrevenidas, con motivo de fijar población.

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó la nueva convocatoria de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración que con un presupuesto de 1,5 millones de euros busca fomentar el traspaso de negocios y garantizar su permanencia en el seno del tejido productivo gallego. La orden se enmarca en el Plan de relevo que está funcionando al amparo de la Red de polos de emprendimiento que tiene 13 centros activos. Así, el objetivo es evitar el cierre de negocios por falta de relevo, al tiempo que se facilita que las personas interesadas en emprender puedan recoger el testigo de un negocio ya viable económicamente.

Así, la orden recoge que los negocios objeto de relevo deben tener el domicilio social y fiscal en Galicia y estar inscritos en la Bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo. Una Bolsa a la que se sumaron desde febrero -cuando se puso en marcha- más de un centenar de empresas, más de la mitad de ellas por jubilación y más de un tercio de las que tienen el proceso de traspaso activo pertenecientes al sector del comercio.

El relevo deberá estar motivada por la jubilación o por la cercanía de la edad de jubilación de la persona titular del negocio. También por causas sobrevenidas como incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o fallecimiento, y deben haberse producido entre el  1 de enero y el 30 de octubre de 2024.

En concreto, el Bono Remuda cuenta con dos líneas: la Línea 1-Bono Remuda rural, para negocios situados en concellos de menos de 5.000 habitantes, a la que se destina 1 millón de euros; y la Línea 2-Bono Remuda general, para negocios situados en concellos de 5.000 habitantes o más, para la que se reserva el otro medio millón.
La cuantía de la ayuda del Bono Remuda se calcula en función del precio estipulado en el contrato de relevo del negocio, con un porcentaje de subvención del 75% en el caso de la línea 1 y del 70% en la línea 2. Si se trata de un relevo mediante alquiler del local y/o medios productivos, el importe de la ayuda será el correspondiente a los primeros 18 meses de alquiler.

En el caso del Bono Remuda rural, la ayuda se incrementará en un 10% cuando la persona que adquiere el negocio sea emigrante retornada, extranjera o empadronada en la misma localidad en la que se encuentre la actividad que se traspasa. Además, en las dos líneas se aplicará un 5% de incremento si la personas que se hace cargo es mujer, menor de 30 años, con 52 años o más o si el negocio traspasado tiene más de 5 trabajadores. En total, la cuantía máxima subvencionable por relevo será de 30.000 euros.

Sobre el plazo para la presentación de solicitudes, estará abierto hasta el próximo 30 de octubre.

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