Las ayudas están dirigidas a la organización de actividades deportivas y para gastos de funcionamiento

El Consello Reitor del Consello Municipal de Deportes ( CMD) aprobó, en su sesión semanal, las Bases reguladoras de subvenciones en materia deportiva.
Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, están dirigidas a dos líneas de financiación: para la organización de actividades deportivas federadas y otras actividades de especial trascendencia social que contribuyan a la promoción deportiva (entre el 1 de noviembre de 2020 y el 31 de octubre 2021); y para gastos de funcionamiento de las entidades deportivas por participación en actividades federadas de carácter oficial.
Podrán optar a las ayudas del CMD las federaciones deportivas y clubes o entidades deportivas inscritas en el Rexistro de Asociacións Deportivas Municipais, quedando excluidas aquellas que tengan deudas con el CMD, las sancionadas en firme por infracciones relacionadas con la justicia deportiva o las que ya tengan convenios nominativos firmados, entre otros casos. El porcentaje subvencionable no podrá exceder el 75% del coste de la actividad, excepto que se trate de actividades de especial interés público o social, debidamente justificado en el expediente.
Entre los gastos que se pueden incluir, están los de oficina; adquisición de trofeos o material deportivo; publicidad de la actividad de la entidad; adquisición, reposición de la caja de urgencias y gastos médico- fisioterápicos y farmacéuticos; liquidación de gastos efectuados a monitores, entrenadores y profesores de escuelas deportivas y equipos de competición de la entidad u otros profesionales relacionados con la práctica deportiva; mantenimiento, alojamiento y desplazamiento de deportistas; derechos de arbitraje; licencias, mutualidades deportivas e inscripciones en competiciones; seguros de accidentes o de responsabilidad civil; cantidades satisfechas por utilización de instalaciones deportivas; etc.
Como novedad de esta convocatoria, las bases aprobadas en el Consello Reictor incrementan la valoración de los técnicos; introducen entre las actividades promocionales todas aquellas relacionadas con medios telemáticos; y se introduce, en el apartado ‘Varios’, la valoración de gastos derivados de la adquisición o contratación de servicios de limpieza y desinfección para prevenir contagios relacionados con el COVID.

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