SEGÚN ES JUEZ, NO EXISTE NINGUNA GENERACIÓN DE CRÉDITOS

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Ourense ha declarado nula la adjudicación del contrato de la adquisición del archivo de La Región por la Diputación de Ourense, al estimar el recurso presentado contra, precisamente, dicha compra. Se trata de la nueva fórmula de adquisición por la institución provincial, ahora a través de la «generación de créditos». El juez considera que dicha fórmula «no es la adecuada, al no encontrarse en ninguno de los supuestos legalmente previstos».

Más aún, cuando el titular de la Sala advierte que, de admitirse esta fórmula como válida, «se podría acudir a esa figura de una forma fraudulenta, ya que bastaría con celebrar un contrato a sabiendas de que va a ser anulado para, posteriormente, considerar la sentencia que lo anula como un supuesto de aportación». Es el caso de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que en su día ya anuló dicha compra.

Entiende el titular del 2 del Contencioso-Administrativo de Ourense que no existe ninguna aportación a la Diputación con la que la institución provincial pueda recurrir a la figura de la «generación de créditos», sino la única devolución de La Región de las cantidades percibidas en su momento al pagador cuando se produjo la primera sentencia que anuló la compra. Con la ventaja añadida al procedimiento, señala la sentencia, de que al activar esta medida solo es precisa en el proceso «la única intervención de la presidencia como órgano competente para su aprobación».

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