Por primera vez y a consecuencia de la decisión del Gobierno central de elevar la protección del lobo en todo el país, se excluye la posibilidad de realizar controles poblacionales sobre esta especie.

El período hábil general para poder ejercer la actividad cinegética en Galicia comenzará el próximo 16 de octubre y se extenderá hasta el 6 de enero del próximo año, durante estos meses se podrá cazar los jueves, domingos y festivos tanto con carácter estatal como autonómico. Así se recoge en la resolución de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda por la que se determinan las épocas de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2022-2023. En este sentido y como consecuencia directa de la inclusión del lobo en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial ( Lesrpe), la Xunta tuvo que excluir de la resolución anual de caza, por primera vez, la posibilidad de realizar controles poblacionales por los daños que puedan ocasionar estos animales. Esta es una de las novedades principales de la temporada 2022-2023, que se deriva de la decisión del Gobierno central de elevar la protección del lobo ibérico al norte del río Duero a través de la orden ministerial publicada el pasado 21 de septiembre, una medida a la que se opuso desde el principio la Xunta por carecer de fundamento científico y porque, además, deja a los ganaderos y la gente que vive en el rural en una situación muy delicada. De hecho, desde la inclusión del lobo en el Lesrpe, las comunidades lobeiras como Galicia ya no pueden adoptar, con carácter general, determinadas medidas de control y gestión sobre esta especie en sus respectivos territorios, ya que los requisitos y condiciones exigidos en la propia orden para que puedan autorizarlas hacen que, en la práctica, sea un procedimiento inaplicable. Además, según se recoge en la Ley de patrimonio natural estatal, las medidas cinegéticas sobre especies incluidas en el Lesrpe tan sólo quedan permitidas de forma totalmente excepcional para “prever perjuicios importantes” en el sector primario y “siempre que quede garantizado que hay pérdida neta de biodiversidad” mediante los llamados bancos de conservación, una figura que tiene que regular el propio Ejecutivo central y que, por el momento, no hizo, por lo que tampoco existe esta opción.
Otra de las novedades de la resolución anual de caza es que se refleja expresamente que en los tecores y con fines de competición, podrá autorizarse el entrenamiento de perros y aves de cetrería en cualquier época del año dentro de las zonas que tengan aprobadas con este fin. Asimismo, se incorpora un nuevo artículo para establecer que las jornadas hábiles de caza —una actividad que solo se puede practicar en el período comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después del atardecer— vendrán determinadas por las horas oficiales que se publiquen en la página web de Meteogalicia.
En cuanto a la regulación de la temporada para las distintas especies, se subraya que dentro de la caza menor, el período general irá también de 16 de octubre al 6 de enero de 2023 —aunque podrá ampliarse hasta el 12 de febrero en terrenos de régimen cinegético especial ( RCE) que lo soliciten— los jueves, domingos y festivos. Para la liebre, la actividad cinegética se extenderá de 16 de octubre a 27 de noviembre de este año, los jueves, domingos y festivos en terrenos de RCE. En lo relativo a la caza mayor, los machos adultos de corzo podrán capturarse en terrenos en régimen cinegético común entre el 20 de agosto y el 15 de octubre, los sábados en batida/montería, y todos los días de la semana en la modalidad de acecho. Las hembras adultas de corzo permanecen vedadas con carácter general, permitiéndose su caza puntual por daños y también en los tecores si está técnicamente justificada de acuerdo con la situación real de la población en cada tecor, pudiendo escogerse entre dos períodos (del 03/09/2022 al 15/10/2022 o del 07/01/2023 al 18/02/2023). Por lo que respeta al jabalí, en el régimen cinegético común el período general de caza abarcará del 20 al 31 de agosto y de 7 de enero al 26 de febrero de 2023, los jueves, sábados, domingos y festivos; y del 1 de septiembre de 2022 al 5 de enero del próximo año los sábados, en las modalidad de batida, montería y espera. Asimismo, en el régimen cinegético especial la temporada irá del 20 de agosto al 26 de febrero de 2023, los jueves, sábados, domingos y festivos en las modalidades de batida, montería y espera.

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